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Actualiza México su normativa orgánica

PorAlonso

Jun 15, 2020

Actualiza México su normativa orgánica

  • Establecen como obligatorio el uso del suelo para otorgar el distintivo de orgánico a un cultivo, salvo algunas excepciones
  • Piden hasta cinco años de rastreabilidad
  • Dictan periodo de conversión de tres años para cultivos perennes y dos para cultivos anuales

Para fomentar la producción y promover la comercialización de alimentos orgánicos certificados, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) actualizó los Lineamientos para la Operación Orgánica de las actividades agropecuarias en México.

     El acuerdo, publicado el 8 de junio de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), modifica diversos artículos del ordenamiento expedido en 2013, y beneficia directamente a alrededor de 47 000 productores orgánicos, principalmente medianos y pequeños.

Le dicen no a la hidroponía

En la actualización del acuerdo, se expresa que la producción orgánica forzosamente tendrá que estar ligada al suelo, por lo que en casi todos los conceptos los cultivos producidos en hidroponía no serán considerados orgánicos.

     Sin embargo, cuando las características del producto requieran esta técnica de producción o las condiciones agroecológicas sean inviables para cultivar en el suelo, esta regla no se aplicará.

Rastreabilidad obligatoria

La nueva normativa establece que los productos y subproductos de origen animal o vegetal que lleven el distintivo de orgánico deberán ser rastreables.

     Estos productos tendrán que estar identificados y registrados. Dichos registros deberán ser mantenidos por al menos cinco años por los operadores, según el documento.

Cultivos en conversión a orgánico

En la producción vegetal en proceso de conversión deberán tener un manejo 100 % orgánico y los suelos no deben haber recibido la aplicación de sustancias prohibidas, según los lapsos que a continuación se señalan.

  1. Para cultivos anuales, el periodo de conversión será de dos años antes de que la cosecha sea considerada como orgánica.
  2. En cultivos perennes, el periodo de conversión será de tres años.

Modifican el uso de plásticos

Para el uso de los plásticos empleados en los cultivos orgánicos como coberturas de suelo, fibras, mallas contra insectos y granizo, charolas, envolturas para ensilados, ductos y componentes para riego, así como las bolsas para viveros, solamente se permitirán si están elaborados a partir de polietileno, polipropileno y otros policarbonatos.

     El uso de plásticos clorados, en donde se incluye el PVC, para las aplicaciones descritas en el párrafo anterior no está permitido.

     Solamente se podrán usar plásticos clorados en las tuberías de conducción del agua de riego, siempre y cuando no esté expuesto a los rayos del sol u otras fuentes de calor cuando estén transportando líquidos, según la SADER.

La actualización mejorará competitividad internacional

Con esta modificación, la dependencia federal sugiere que México avanza en la armonización de la Ley de Productos Orgánicos (LPO) con normativas internacionales, lo que permitirá al país alcanzar acuerdos de equivalencia con Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea.

     Los productores podrán mover sus alimentos en diferentes mercados con una sola certificación, además de fomentar la producción, lo que promoverá la comercialización de alimentos orgánicos certificados en mercados más competitivos y dará mayores garantías a los consumidores.

     Debido a la demanda internacional de productos orgánicos y el valor agregado que aportan al consumidor, el 80 % de la producción orgánica mexicana se exporta a Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea, según cifras de la SADER.

Prevén crecimiento anual de productos orgánicos

El nuevo acuerdo, mediante los estándares establecidos, impulsará el crecimiento anual de dichos productos hasta en 30 %. La modernización del marco regulatorio permitirá el desarrollo integral de sistemas de producción y el aumento de consumidores conscientes y preocupados por la salud humana y ambiental.

     El nuevo lineamiento establece criterios para realizar inspecciones a operaciones orgánicas con base en análisis de riesgo, a fin de reducir costos a los productores y garantizar la calidad e integridad orgánica, lo cual fortalece la operación del Sistema de Control Nacional que administra el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), organismo que depende de la SADER.

Fuente: SENASICA, Diario Oficial de la Federación