Establecen lineamientos para usos de la cannabis

PorIvan Delgado

Nov 15, 2018

Establecen lineamientos para usos de la cannabis

  • La COFEPRIS publica los requisitos para comercializar, importar y exportar productos que contengan cannabis

  • Presentan iniciativa ante el Senado para regular la marihuana

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), por medio de su comisionado, Julio Salvador Sánchez y Tépoz, informó sobre los lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados, así como su regulación.

     El documento, publicado el 30 de octubre de 2018 y disponible en la página de COFEPRIS, a lo largo de 50 artículos contiene los criterios sanitarios para la exportación, importación y comercialización de productos que contengan derivados de la cannabis para uso industrial, médico y científico.

     Asimismo, se incluye la publicidad y promoción de los productos a base de la marihuana, así como las medidas de verificación, seguridad y sanciones que se podrían aplicar por no seguir o no cumplir con las normas dispuestas por la Comisión.

Para fines médicos o científicos

Para el uso medicinal o científico de la cannabis es necesario un Protocolo de Investigación aprobado por la COFEPRIS que contenga ampliamente explicado todo lo relacionado con el uso de Cannabis sativa, cáñamo o marihuana.

     En el caso de siembra, cultivo o cosecha, quien solicite la aprobación del Protocolo de Investigación o permiso industrial deberá definir y aclarar el origen de las plantas o semillas; la ubicación, área y la cantidad de semillas o plantas a sembrar o cultivar, y el rendimiento total de la cosecha mediante libros de control.

     También se deberán aclarar los métodos de destrucción de residuos, plantas o semillas que no se hayan utilizado para la investigación médica, científica o usos industriales.

     Asimismo se debe establecer una forma de rastreo efectiva de todos los productos que contengan cannabis.

El uso industrial

En referencia al uso industrial de la cannabis se establece que todo producto que tenga concentraciones por encima del 1 % de tetrahidrocannabinol (THC) no será permitido bajo ningún concepto, sea este usado como materia prima o como resultado industrial.

     Asimismo, todo producto de aseo, cosmético o repelente de insectos tiene el mismo techo para concentraciones de THC: el 1 %. De igual forma en alimentos, suplementos alimenticios y bebidas, tanto alcohólicas como no alcohólicas.

     Sánchez y Tépoz explicó que no se puede otorgar autorizaciones para cultivos, siembra y cosecha para los casos de la industria del cosmético, suplementos alimenticios, alimentos o bebidas.

Proponen ley ante el Senado

La futura secretaria de Gobernación de México, Olga Sánchez Cordero, presentó ante el pleno del Senado un proyecto de ley para la regulación de la cannabis, que tiene como fin “terminar de una vez por todas” la guerra contra el narcotráfico.

     La propuesta, respaldada por el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, contempla la siembra y comercialización para fines terapéuticos, farmacéuticos y lúdicos de la marihuana.

Características

Con la ley quedaría permitido fumar cannabis en espacios públicos, a excepción de los espacios 100 % libres de humo de tabaco.

     También permitirá una producción anual de cannabis para el autoconsumo que no sobrepase los 480 gramos, y obligará a las personas a registrarse ante el Instituto Mexicano de Regulación y Creación de la Cannabis, que será creado.

     Asimismo, la propuesta de ley prohíbe el comercio, distribución o suministro de productos de cannabis a menores de edad.

Enlace de los lineamientos de COFEPRIS:

 http://sipot.cofepris.gob.mx/Archivos/juridico/sol/lineamientoscannabis.pdf

Con información complementaria de Animal Político y El Universal.