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¿Requisitos del Acuerdo de Suspensión Antidumping del tomate?

¿Requisitos del Acuerdo de Suspensión Antidumping del tomate?

  • Entre los requerimientos que solicita el Departamento de Comercio de la Unión Americana es no vender por debajo del precio de referencia
  • Si se acumulan trasgresiones a este tratado, existe el riesgo de que Estados Unidos se retire e imponga nuevamente un arancel al tomate

México exporta cerca del 90 % de los tomates que produce a Estados Unidos de América, principal socio comercial del país. El 7 de mayo de 2019, la Unión Americana aplicó un arancel o impuesto a la hortaliza del 17.5 %, debido a una nueva acusación de dumping, es decir, vender por debajo de su precio normal, o costo de producción, para el tomate mexicano.

     Tras un proceso de negociaciones entre ambos países, exportadores y productores mexicanos y el Gobierno de EE. UU., por medio del Departamento de Comercio, acordaron establecer una serie de lineamientos y ceñirse a ellos para eliminar el nuevo arancel aplicado a la hortaliza en la frontera, firmando un nuevo Acuerdo de Suspensión Antidumping, que ponía fin a la investigación iniciada por Comercio.

     En este texto se abordarán algunos de los requisitos que deben seguir los productores y los agentes de venta para poder vender sus tomates en suelo estadunidense.

¿Porqué se suspendió el arancel antidumping?

El Departamento de Comercio de Estados Unidos determinó que en el momento del nuevo acuerdo existían circunstancias extraordinarias dentro de la investigación, concluyendo que la suspensión del proceso sería más benéfica para la industria estadunidense que la continuación de esta.

     Ante el nuevo Acuerdo de Suspensión, los firmantes del tratado están obligados a seguir una serie de lineamientos, los cuales se abordan a continuación:

¿Qué deben hacer los productores firmantes del Acuerdo?

  • Adherirse al Acuerdo de Suspensión Antidumping del tomate.
  • Utilizar la tabla de pesos de las cajas (el documento oficialmente recibe el nombre de Box Weight Chart) para su identificación.
  • Registrar debidamente sus presentaciones.
  • Involucrar a sus agentes de venta para que se apeguen al Acuerdo de Suspensión.
  • Confirmar y asegurar que sus agentes de venta tengan una licencia de la Ley de Productos Agrícolas Perecederos (PACA, por sus siglas en inglés) válida y efectiva.
  • Permitir la inspección de los tomates exportados.
  • Ajustar, destruir, devolver o donar los tomates rechazados de acuerdo con lo establecido en el tratado.
  • Conservar todos los certificados de inspección.
  • Reportar trimestralmente sus ventas.
  • Responder a cuestionarios especiales cada tres meses, donde se convocará hasta 40 productores firmantes.

¿Qué deben hacer los agentes de venta?

  • Deben incorporar los términos del Acuerdo de Suspensión en sus contratos.
  • Involucrar a sus clientes u otros agentes de venta a apegarse al tratado.
  • Mantener, confirmar y asegurarse que el productor y sus agentes de venta, y compradores, tengan una licencia PACA válida y efectiva.
  • Ajustar, destruir, devolver o donar el tomate rechazado de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo.
  • Obedecer y conservar las inspecciones de los productos
  • Mantener documentación que demuestre que las ventas de la mercancía son consistentes con el Acuerdo de Suspensión.
  • Responder a cuestionarios especiales que se harán cada tres meses, en donde se convocará a más de 40 agentes de venta firmantes.

¿Qué no pueden hacer los productores y agentes de venta firmantes del Acuerdo?

  • Vender por debajo del precio de referencia.
  • Evitar, evadir o derrotar el Acuerdo.
  • Exportar con un número de firmante que no es el propio.

Los requisitos de las cajas del producto

Las cajas para exportación deberán contar con la siguiente información, sobre una misma cara y rotulada en inglés:

  • Número de identificación del firmante.
  • Nombre de la compañía.
  • Las cajas deben incluir esta leyenda: “Estos tomates fueron producidos/exportados por un firmante del Acuerdo de Suspensión 2019 (These Tomatoes Were Grown/Exported by a Signatory of the 2019 Suspension Agreement)”.
  • Rotular las cajas con el tipo de tomate. Por ejemplo: tomate bola, roma, especialidad, en racimo, etcétera.

     En cambio, las cajas para el mercado nacional deberán contener la siguiente información:

  • Nombre de la compañía,
  • Número de identificación del firmante
  • La leyenda: “Prohibida su Exportación a los EUA/Not for Export to the United States”.

¿Qué sucede si alguien viola el Acuerdo de Suspensión?

Si cualquier firmante del Acuerdo de Suspensión Antidumping llegara a trasgredir el tratado, el Departamento de Comercio de Estados Unidos requerirá información adicional del presunto trasgresor para analizar el caso.

     Con la información requerida, la dependencia estadunidense determinará si inscribe la violación del Acuerdo en el Registro Público de Comercio. Además, si se acumulan las violaciones al Acuerdo, esta dependencia está facultada para terminar unilateralmente el Acuerdo de Suspensión Antidumping, lo que marcaría el regreso del arancel de 17.5 %, que se había impuesto originalmente el 7 de mayo de 2019.

Divulgan información mediante taller virtual

Esta información fue impartida mediante la Asociación Mexicana de Horticultura Protegida AC (AMHPAC), en el Taller del Acuerdo de Suspensión, impartido por Pedro Borboa Salas, el 9 de diciembre de 2020, mediante una conocida plataforma de reuniones virtuales.

     Para más información del Acuerdo de Suspensión, así como formatos de utilidad para el productor y vendedor, puede consultar a la AMHPAC, o visitar el siguiente enlace:

https://www.amhpac.org/es/index.php/en/servicios/dumping

Fuente: AMHPAC