Modifica el USDA lista de sustancias permitidas en agricultura orgánica

PorIvan Delgado

Mar 13, 2019

Modifica el USDA lista de sustancias permitidas en agricultura orgánica

  • Añade el uso de óxido de magnesio y ácido hipocloroso

  • Prohíbe el uso de rotenona

El Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés) publicó el 27 de diciembre de 2018 una regla final que modifica la Lista Nacional de Sustancias Permitidas y Prohibidas para cultivos orgánicos.

     Estos cambios reflejan las recomendaciones de la Junta Nacional de Normas Orgánicas y las necesidades del sector orgánico de herramientas adicionales o información para administrar sus operaciones agrícolas.

     Esto es parte del Programa Nacional Orgánico (NOP, por sus siglas en inglés) bajo la Ley de Producción de Alimentos Orgánicos de 1990. La Lista Nacional identifica las sustancias sintéticas que pueden usarse y las sustancias naturales que no pueden emplearse en cultivos orgánicos y la producción ganadera, así como un número limitado de sustancias no orgánicas que pueden aplicarse en o sobre productos orgánicos procesados.

Añaden el uso del ácido hipocloroso

Esta regla final añadió el ácido hipocloroso como material permitido para su uso como alguicida y desinfectante. Este material es generado a partir de agua electrolizada.

     El ácido hipocloroso se usa en los sistemas de limpieza de riego en la producción de cultivos orgánicos.

Se permite el uso de óxido de magnesio

A partir de la fecha de vigencia de esta regla, se permite el óxido de magnesio en la producción de cultivos orgánicos como agente para controlar la viscosidad de la suspensión de arcilla para los humatos (sales provenientes de los ácidos húmicos, consecuencia directa de la descomposición de vegetales).

Eliminan restricciones para documentar deficiencia de micronutrientes

La regla final modifica la anotación de los micronutrientes: estos no deben usarse como defoliantes, herbicidas o desecantes.

     Además, este cambio elimina la restricción para documentar la deficiencia de micronutrientes que se impuso al permitir las pruebas de suelo como el único método para demostrarlo, permitiendo que se utilicen métodos verificables alternativos, como las pruebas de tejido, cuando el agente certificador lo apruebe, para documentar la deficiencia de micronutrientes.

Subproductos del calamar como enmiendas para el suelo

La modificación agrega también subproductos de calamar como una sustancia permitida para su uso en la producción de cultivos orgánicos.

     Solo se permiten los subproductos de calamar del procesamiento de residuos de alimentos para su uso como enmienda del suelo (aporte de un producto fertilizante o de materiales destinados a mejorar la calidad de los suelos). Su pH puede ser ajustado con ácido sulfúrico, cítrico o fosfórico; sin embargo, la cantidad de ácido utilizado no debe exceder el mínimo necesario para bajar el pH a 3.5.

Prohíben la rotenona

Después de la fecha de vigencia de esta regla, la rotenona será una sustancia no sintética prohibida en la producción de cultivos orgánicos.

     La rotenona es un insecticida de origen botánico que se extrae de raíces de plantas tropicales leguminosas. Esta sustancia es tóxica para los animales de sangre fría y ligeramente tóxica para los animales de sangre caliente y el hombre: actúa por contacto e ingestión.

     La regla final fue publicada por el USDA el 27 de diciembre de 2018, con varios cambios relativos a la regla propuesta, y estableció el 28 de enero de 2019 como fecha de implementación de dichas modificaciones.

Fuente: USDA